A comienzos de 2019, la Dirección General de Tráfico modificó el Reglamento General de Circulación con el objetivo de reducir la siniestralidad vial y cumplir con el objetivo establecido en la Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020, enfocado a bajar la tasa de fallecidos en accidentes de tráfico a 37 por millón de habitantes.
Con ello, los límites de velocidad han quedado más igualados para los diferentes tipos de vehículos, pero es importante recordar que los turismos y motocicletas siguen teniendo unos límites de velocidad superiores a los de camiones, autobuses y furgonetas.
Los vehículos comerciales ligeros (LCV) como furgones, camiones sin definir o vehículos mixtos adaptables, destacan por las ventajas fiscales que tienen para profesionales, pero también cuentan con algunas limitaciones por seguridad, como la obligación de respetar unos límites de velocidad inferiores en prácticamente todas las vías. Su carga y aerodinámica difiere de la de un turismo, por lo que su velocidad máxima se adecúa a estas circunstancias.
En la gama Toyota Proace y Toyota Proace City podemos elegir diversas opciones de carrocería y cada una de ellas se debe matricular de una forma concreta, así que es importante conocer todas las posibilidades para saber cuáles son los límites de velocidad de cada variante:
Podemos encontrar Toyota Proace Furgón y Doble Cabina con carrocería BB, que se clasifican como furgones (24 00); o el Toyota Proace Cabina Plataforma con carrocería BX que se clasifica como camión (20 XX: el tipo de carrocería que solicitemos define el tipo de furgón).
Las velocidades máximas a las que pueden circular los LCV y los vehículos mixtos adaptables son distintas a la de los turismos (120 km/h en autopistas/autovías y 90 km/h en carreteras convencionales), tal y como se recoge en el artículo 48 del Reglamento de Circulación:
Vehículos mixtos adaptables | Autopista/Autovía | 100 km/h |
---|---|---|
Vía convencional con 1,5 metros arcén | 90 km/h | |
Resto vías fuera de poblado | 80 km/h |
Furgones y camiones | Autopista/Autovía | 90 km/h |
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Vía convencional con 1,5 metros arcén | 80 km/h | |
Resto vías fuera de poblado | 70 km/h |
Por su parte, el artículo 50 del Reglamento de Circulación establece que los límites de velocidad genéricos en vías urbanas y travesías es de 50 km/h (salvo para los vehículos que transporten mercancías peligrosas, que circularán como máximo a 40 km/h); mientras que en las vías sin pavimentar este desciende a 30 km/h.
También es importante recordar que esta modificación del Reglamento de Circulación equipara la velocidad de autocaravanas y furgonetas camper matriculadas como turismos. Esto significa que este tipo de vehículos pueden ahora circular hasta 120 km/h en autovías y autopistas, una antigua reivindicación del sector ya abordada desde los años 90 con los principales responsables de la DGT.
Ahora que ya conoces todos los límites de velocidad que deben respetar los LCV y los vehículos mixtos adaptables para no enfrentarse a graves sanciones, ¿te animas a descubrir qué Toyota Proace es el que mejor cubre tus necesidades?