Hola, estimado y valorado autónomo. Sabemos que para ti, como para la mayoría de autónomos, poder deducirte el IRPF y el IVA de la compra y otros gastos del coche es un auténtico dolor de cabeza. Así que vamos a intentar darle algo de luz al asunto y aliviar esa tensión tras la compra de tu coche.
Como ya sabes, al presentar tus impuestos trimestrales, a todo el IVA que recaudes al emitir tus facturas de venta, se le restará el IVA que tengas que pagar al adquirir bienes o servicios para poder desempeñar tu trabajo. Es decir, en este caso, tu coche.
En el caso del IRPF, también hay muchos gastos que puedes eliminar de tu rendimiento por ser considerados desgravables, para así tener que pagar menos IRPF al final del año. Vamos por partes.
El IVA de la compra del vehículo y sus gastos asociados son deducibles al 100% si los autónomos se dedican a actividades directamente relacionadas con el transporte. En concreto, la deducción del 100% del IVA está contemplada para:
- Vehículos mixtos que se utilizan en el transporte de mercancías y para aquéllos que prestan servicios de transporte de viajeros por una contraprestación
- Vehículos que se utilizan para enseñanza de conductores
- Utilitarios destinados a la realización de pruebas y demostración
- Turismos que utilizan representantes o agentes comerciales en sus desplazamientos
- Turismos utilizados en servicios de vigilancia y seguridad
O lo que es lo mismo: si no eres taxista, repartidor, camionero, comercial o profesor de autoescuela, sólo podrás deducirte el 50% de los gastos del vehículo a través del IVA.
Y ahora, ¿qué IVA de las compras relacionadas con tu coche puedes deducir como autónomo? Todas estas:
- Accesorios y piezas de recambio
- Combustible
- Aparcamientos y peajes
- Reparaciones del coche