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Conoce las sanciones del Protocolo Anticontaminación

Con los híbridos de Toyota no te preocuparás por multas
El Protocolo Anticontaminación ha implantado las etiquetas medioambientales, que permiten clasificar a los vehículos según su grado de contaminación del aire y restringen su acceso al centro de las ciudades. Para aquellos que infrinjan las normas cuando el Protocolo esté activado, se han acordado distintas sanciones, te las contamos.

Los altos niveles de contaminación del aire con los que los residentes de las grandes ciudades deben convivir están provocando que los organismos gubernamentales activen diferentes Protocolos por Contaminación que afectan, de manera estricta, al tráfico rodado que accede a los núcleos urbanos.

De este modo, se permite una reducción de las emisiones contaminantes a la atmósfera, y, por consiguiente, se obtiene una mayor calidad del aire. Estas restricciones al tráfico se regulan mediante las ya famosas etiquetas ambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT), las cuales quedan distribuidas de la siguiente forma:

  • Etiqueta Cero Emisiones: para coches eléctricos de batería o híbridos enchufables. 
  • Etiqueta ECO: para híbridos no enchufables, enchufables con menos de 40 kilómetros de autonomía o de gas natural. 
  • Etiqueta C (verde): coches de gasolina posteriores a enero de 2006 o diésel a partir de 2014. 
  • Etiqueta B (amarillo): para vehículos de gasolina posteriores al 2000 o diésel a partir de 2006.

 

Dependiendo del escenario activado debido a la contaminación del aire, se restringirá el acceso, principalmente, a vehículos sin etiqueta ambiental, así como coches con etiquetas B y C. Para controlar que los coches que circulen por la zona lleven la etiqueta ambiental adecuada se implantan controles de verificación de la Policía que identifican los vehículos y autorizan su acceso.

Pero, ¿qué ocurre si circulo con un coche no permitido cuando el protocolo por contaminación está activo?

Una sanción económica a los infractores

En el caso de la ciudad de Madrid, los conductores que accedan a las zonas restringidas al tráfico cuando el protocolo por contaminación esté activo con un coche no autorizado (por etiquetas ambientales) se enfrentan a una sanción económica que asciende a 90 euros, una cantidad que se verá reducida a la mitad si el infractor se acoge al pronto pago.

Otro método empleado para controlar los niveles de emisiones en la ciudad son los conocidos radares anticontaminación. Estos dispositivos se encargan de medir, mediante un sistema de teledetección RSD+ con rayos infrarrojos y ultravioleta de baja intensidad, las emisiones reales de los coches a cierta distancia de sus tubos de escape.

Así, estos nuevos radares, que operan desde junio en Madrid, detectan las emisiones de monóxido de carbono (CO), óxidos y dióxidos de nitrógeno (NO y NO2), y dióxido de carbono (CO2). El objetivo es detectar anomalías provocadas por una avería en el motor del coche, así como cualquier manipulación en el filtro de partículas o válvula EGR, sancionando de inmediato al conductor.

  • Los conductores que accedan sin etiqueta sufrirán sanciones económicas de 90 euros
  • Presta especial atención a los nuevos límites de velocidad

Precaución con los límites de velocidad

Una vez se superan los niveles de preaviso por contaminación del aire, el protocolo de contaminación se activa en el primero de los cinco escenarios planificados. Este primer escenario limita la velocidad a 70 km/h en la M-30 y en los accesos a Madrid dentro de la M-40.

Con esta medida de reducción de velocidad se persigue disminuir las emisiones a la atmósfera de partículas contaminantes, contribuyendo a mejorar la calidad del aire. Una vez se reduce la velocidad a 70 km/h, los radares móviles, fijos y de tramo actúan conforme a estos nuevos límites, por lo que las sanciones económicas serían las siguientes:

  • Entre 71 y 100 km/h: sanción administrativa de 100 euros, sin retirada de puntos del carné de conducir. 
  • Entre 101 y 120 km/h: multa de 300 euros y retirada de dos puntos. 
  • Entre 121 y 130 km/h: sanción de 400 euros y pérdida de cuatro puntos del carné. 
  • Entre 131 y 140 km/h: una multa de 500 euros y la pérdida de 6 puntos. 
  • A partir de 141 km/h (falta muy grave): sanción administrativa de 600 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir.

 

Con la gama híbrida de Toyota no tendrás que preocuparte por las restricciones al tráfico en las ciudades por la contaminación del aire. Todos los modelos híbridos reciben la etiqueta ECO de la DGT, la cual garantiza que puedas acceder, circular y aparcar en el centro de la ciudad en todos los escenarios, exceptuando el 5, el cual no se ha dado aún.

Tranquilidad para conducir por donde quieres y sin multas, una razón más para tener un híbrido de Toyota. ¿Por qué no te animas a probar uno?